Morir con Dignidad implica la aceptación por parte de la persona de la realidad de la muerte como parte de la existencia, en el marco de sus conceptos de dignidad y calidad de vida; la disponibilidad y el respeto a las decisiones tomadas por la persona, referentes al proceso del morir y el momento de la muerte; el estar libre de dolor, con paliación o supresión del sufrimiento; el equilibrio entre los recursos técnico-científicos disponibles y las necesidades-voluntad de los enfermos. Por supuesto que quien quiera delegar su autonomía, para entregarse en manos de la racionalidad técnico-científica y la ética de los médicos e instituciones de salud, está en pleno derecho de hacerlo y ésta es también una opción de muerte digna. Actualmente, la mayoría de las personas mueren en un contexto intrahospitalario, donde son llevadas en los días o momentos previos a su muerte, para recibir atención médica dentro de una racionalidad técnico-científica que tiene como principal objetivo luchar por mantener la vida, aplazando el momento de la muerte. Es usual que el grado de deterioro de los enfermos en este estado, con las sucesivas fallas orgánicas concomitantes, no permita que tengan la lucidez mental, libertad y autonomía necesarias para manifestar sus deseos y expresar su voluntad de aceptar o rechazar tratamientos e intervenciones médicas. Al no disponerse de directivas previas por parte de los enfermos, las decisiones quedan en manos de los médicos y familiares, con las consecuentes cargas -emocionales, éticas y legales. Y las dificultades en las decisiones de manejo que ello implica. La Fundación Pro Derecho a Morir con Dignidad promueve el respeto al derecho que tiene toda persona de expresar su voluntad anticipada sobre lo que considera muerte digna, de acuerdo con sus planes de vida, calidad de la misma y dignidad. Con mayor razón si se trata de enfermos con expectativa de vida reducida debido a variables de edad o importante compromiso de salud y calidad de vida. Son las personas quienes deben considerar y manifestar su elección dentro de las opciones existentes dentro del concepto de Morir con Dignidad. Existen las siguientes opciones para que los pacientes decidan cómo enfrentar el proceso de morir y la muerte, todas ellas ubicadas en un marco coherente con la ética, la espiritualidad y la normativa legal vigente en Colombia: 1. Atención intrahospitalaria: aplicación sistemática y secuencial de la racionalidad técnico-científica, en el marco de la legalidad y ética de las instituciones y profesionales de la salud, previa autorización del paciente o delegación de su autonomía. 2. Cuidados Paliativos (ortotanasia): no aplicación o suspensión de medidas de soporte vital; manejo por parte de un grupo interdisciplinario que brinde atención médica básica, cuidados de enfermería, apoyo psicológico, atención espiritual y afecto. Esta opción puede darse en contexto intrahospitalario, institucional especializado, o en el hogar. 3. Doble Efecto: dosis incrementadas de sedantes y analgésicos manejados por el profesional de la salud y orientados primariamente al control de la ansiedad y el dolor de la paciente, con efectos secundarios inevitablemente letales. 4. Sedación Terminal: administración de medicamentos, en la etapa preagónica, para mantener al paciente inconsciente y sin dolor, mientras llega la muerte bajo las circunstancias naturales de la evolución de la enfermedad. 5. Muerte médicamente asistida previa solicitud voluntaria, libre y debidamente informada del paciente consciente en estado terminal y sufrimiento considerado por él como insoportable (opción de muerte digna denominada eutanasia o variante del homicidio pietístico). Sentencia C-275 de 1997 de la Corte Constitucional de Colombia. El Doble Efecto y la Sedación Terminal pueden ser aplicadas tanto en contexto intrahospitalario como en el hogar. Las opciones no son necesariamente excluyentes, puesto que puede darse el caso que el paciente, luego de haber optado por la opción de manejo intrahospitalario puede cambiar al Cuidado Paliativo y/o la muerte médicamente asistida en el contexto de su hogar. Igualmente, puede rechazar la primera opción y optar directamente por el doble efecto, la sedación terminal o la muerte médicamente asistida. La Fundación Pro Derecho a Morir Dignamente estimula a sus afiliados para que en pleno uso de sus facultades mentales y en el disfrute de su condición de salud conversen con sus familiares y amigo/as sobre sus expectativas y deseos en relación con estas opciones, y procedan a la firma de los documentos de voluntad anticipada ESTA ES MI VOLUNTAD I y/o 2. De esta manera, se ofrece absoluta claridad a quienes en un momento dado deban tomar decisiones que respeten la voluntad del enfermo.
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